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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0170/2008
Fecha: 2014-08-13
Carátula: CONTIN PEDRO EXEQUIEL Y PEREZ LEONTINA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: DECLARATORIA: AMPLIACION
JUZGADO CIVIL, COM. y MINERIA Nº 3
I CIRCUNSCRIPCION
AUTO INTERLOCUTORIO:
FOLIO:
Viedma, de agosto de 2014.-
Y VISTOS: Los autos caratulados: "CONTIN PEDRO EXEQUIEL Y PEREZ LEONTINA S/ SUCESION AB INTESTATO" Expediente Nº 0170/2008;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 96/100 se presenta el sr. Jaime Norberto Llancafil, por derecho propio, a los fines de hacer valer sus derechos en la presente causa.-
Que con la partida obrante a fs. 86 se acredita el nacimiento del hijo de la causante Leontina Pérez: Jaime Norberto Llancafil, ocurrida el día 28 de noviembre de 1970 en Valcheta (Pcia. de Río Negro).-
Por ello y teniendo en cuenta la conformidad manifestada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 103, la Fiscalía de Estado a fs. 102. y lo dispuesto por los arts. 3565 y concordantes del Código Civil.-
RESUELVO:
1.- Ampliar la declaratoria de herederos obrante a fs. 47, registrada bajo Auto Interlocutorio n° 600 folio 680de fecha 06 de noviembre de 2008, y declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de doña LEONTINA PEREZ le sucede en el carácter de universal heredero su hijo: JAIME NORBERTO LLANCAFILl.-
2.- Cése la intervención de la Fiscalía de Estado y del Agente Fiscal.-
3.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro