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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0338/2014
N° Receptoría: D-1VI-1449-C2014
Fecha: 2014-08-13
Carátula: BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ VICENTE HORACIO OSVALDO Y OTRA S/ EJECUCION HIPOTECARIA
Descripción: no ha lugar - mantiene devolución de copias simples
EXPTE. Nº : 0338/2014.-
CARATULA: BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ VICENTE HORACIO OSVALDO Y OTRA S/ EJECUCION HIPOTECARIA.-
Viedma, de agosto de 2014.-
Proveyendo a fs. 45:
Agréguese y resérvense las copias para traslado acompañadas, tiénese por cumplimentado lo ordenado a fs. 43, 6to. y 9no. párrafo.-
Al escrito de fs. 46:
Por interpuesto recurso de revocatoria contra la resolución de fs. 43 respecto a la devolución de copias simples .-
Atento que las razones expuestas no alcanzan para modificar lo dispuesto a fs. 43, toda vez que las copias acompañadas resultan ser copias simples y no estan firmadas por letrado alguno, amén de resaltar que el fundamento basado en que dichas piezas fueron agregadas a la causa principal (Expte. nº 0023/04/J1) no encuentra sustento porque conforme surge de dicha causa la documental original ha sido devuelta a la parte, lo que impide su cotejo, en consecuencia, corresponde no hacer lugar al recurso interpuesto, manteniéndose la devolución de las copias en cuestión.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro