Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40426

N° Receptoría:

Fecha: 2014-08-13

Carátula: PEÑA Monica Ines C/ PCIA. RIO NEGRO y O. S/ ORDINARIO

Descripción: TRASLADO DE LA DEMANDA-a DEFENS. MENORES EN TURNO

"PEÑA Monica Ines C/ PCIA. RIO NEGRO y O. S/ ORDINARIO"

(Expte. Nro. 40426)

//neral Roca, 13 de agosto de 2014.-c

Econtrándose vencido el traslado de fs. 45 y lo peticionado, de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de treinta y cinco días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula directa al Gobernador y Fiscal de Estado.

Al punto III de fs. 12, previamente aclare a qué fines peticiona dicha medida.

Dése intervención a la Defensoría de Menores en turno-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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