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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40426
Fecha: 2014-08-13
Carátula: PEÑA Monica Ines C/ PCIA. RIO NEGRO y O. S/ ORDINARIO
Descripción: TRASLADO DE LA DEMANDA-a DEFENS. MENORES EN TURNO
"PEÑA Monica Ines C/ PCIA. RIO NEGRO y O. S/ ORDINARIO"
(Expte. Nro. 40426)
//neral Roca, 13 de agosto de 2014.-c
Econtrándose vencido el traslado de fs. 45 y lo peticionado, de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de treinta y cinco días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula directa al Gobernador y Fiscal de Estado.
Al punto III de fs. 12, previamente aclare a qué fines peticiona dicha medida.
Dése intervención a la Defensoría de Menores en turno-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro