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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0464/2014
N° Receptoría: D-1VI-1577-C2014
Fecha: 2014-08-12
Carátula: ROMBO CIA. FINANCIERA S.A. C/ CAMINOA PABLO DAVID S/ SECUESTRO PRENDARIO
Descripción: REG. HONOR.-VISTA ART
EXPTE. Nº : 0464/2014.-
CARATULA: "ROMBO CIA. FINANCIERA S.A. C/ CAMINOA PABLO DAVID S/ SECUESTRO PRENDARIO".-
VIEDMA, de agosto de 2014.-
Proveyendo los escritos de fs. 17 y 18:
Agréguese la documentación acompañada.-
Atento lo peticionado, constancias de la causa y las tareas realizadas, regúlanse los honorarios del Dr. Horacio García Miralles en el equivalente a 5 jus (arts. 6 ley 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Pasen los autos en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria a fin que se expida en relación a los pagos efectuados.-
Levántase la reserva de las actuaciones.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro