Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41981

N° Receptoría:

Fecha: 2014-08-12

Carátula: DRUJERA Maira Belén C/ ARQUITECTOS SRUR y SRUR S.A. y Otra S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: AUDIENCIA DE PRUEBA

Autos: "DRUJERA Maira Belén C/ ARQUITECTOS SRUR y SRUR S.A. y Otra S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)" (Expte. Nro. 41981)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, a los 12 días del mes de agosto de 2014, siendo las 8,30 hs. comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, la Sra. MAIRA BELÉN DRUJERA, junto con el patrocinio del Dr. Omar Jurgeit. Por la otra, la Dra. Adriana Carriquiriborde, como apoderada de la demandada Arquitectos Srur y Srur S.A., y la Dra. Velia Garcés, invocando el art. 48 del C.P.C.C. por la Municipalidad de General Roca. Abierto el acto se procede a recibir las testimoniales de:

DIEGO PODIO, GASPAR SEGUNDO CARRASCO, SAÚL FRESCO, JOSÉ MIGUEL HERRERA, MAURICIO CUELLA, JUAN JOSÉ ROSALES, FACUNDO SCARLINO.-

La parte demandada -Srur, y Municipalidad-, solicita se fije audiencia para la declaración testimonial de los Sres. Arroyuelo y Ortega, asumiendo la carga de hacerlos comparecer la demandada Srur, solicitando el Municipio el libramiento de cédula.-

A tales fines, fíjase audiencia supletoria para 21 de agosto del corriente año a las 11,00 hs. Por último, se ratifica la gestión invocada a fs. 373 por la Dra. Garcés.-

dejándose constancia de que sus datos personales han quedado registrados en el respectivo medio audiovisual. Tomadas todas las declaraciones testimoniales se hace saber a las partes que deberán entregar al Tribunal en el término de tres días los correspondientes DVDs para la grabación de las audiencias. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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Poder Judicial de Río Negro