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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0395/2012
Fecha: 2014-08-11
Carátula: SIXTO MIRTA GRACIELA Y OTRA C/ CECI MARIA ELENA S/ INTERDICTO DE RETENER (Sumarísimo)
Descripción: AUDIENCIA PRELIMINAR ART. 361 SUMARISIMO - Nueva
EXPTE. N° 0395/2012
CARATULA: SIXTO MIRTA GRACIELA Y OTRA C/ CECI MARIA ELENA S/ INTERDICTO DE RETENER (Sumarísimo)
Viedma, de agosto de 2014.-
Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del CPCC, fíjase audiencia para el día 07 de OCTUBRE de 2014, a las 10:30 horas a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del CPCC y de aplicar el equivalente a 10 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa.-
Notifíquese por Secretaría.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro