include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0431/2005
Fecha: 2014-08-11
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ IRIGOYEN MERCEDES GREGORIA S/ ORDINARIO
Descripción: EMBARGO EN CTAS. BANCOS
EXPTE. Nº : 0431/2005.-
CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ IRIGOYEN MERCEDES GREGORIA S/ ORDINARIO.-
Viedma, de agosto de 2014.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que la accionada sra. Mercedes Gregoria Irigoyen (DNI Nº 10.595.593) tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto, siempre y cuando dichos fondos no provengan del pago de haberes de la demandada, ya sea tanto como activo o pasivo, en los Bancos: Patagonia SA y Nación Argentina, hasta cubrir la suma de $ 32.155 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 3.216 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrense oficios a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento del oficio ordenado.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro