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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1494/01/5
Fecha: 2006-06-26
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ QUARTA VICTOR HUGO S/ EJECUTIVO
Descripción: REG. HON. POR EJ. DE SENTENCIA CON TOPE (providencia)
EXPTE. Nº 1494/01/5
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ QUARTA VICTOR HUGO S/ EJECUTIVO
Viedma, junio de 2.006.-
No surgiendo de autos que el compareciente efectuara petición útil para la prosecución de la ejecución, a la regulación de honorarios solicitada no ha lugar.-
Sin perjuicio de ello, atento lo solicitado a fs. 90, teniendo en cuenta el estado y constancias de las presentes actuaciones y a los fines regulatorios deberá tomarse en cuenta los fundamentos expuestos y desarrollados en las resoluciones dictadas en los autos caratulados: "Schmitt Carlos Alberto c/ Lamas Alicia Ester y Otro s/ Ejecutivo" Expte. n° 1745/01/5 en fecha 15/10/04 mediante Auto Interlocutorio n° 503 folios 691/692 y "Martinez Juan Carlos c/ Curruhinca, Angel Cristino y Otro s/ Ejecutivo" Expte. nº 124/03 en fecha 07/03/05 mediante Auto Interlocutoria nº 30 folios 37/38, entre otros, por lo cual se regulan los honorarios profesionales de la Dra. Ana Carolina Scoccia por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 50. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro