Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38936

N° Receptoría:

Fecha: 2014-08-08

Carátula: LANCIOTTI Hugo C/ BANCO PCIA. NEUQUEN y Otro S/ ORDINARIO

Descripción: REGULA ACRECIDOS y COMPLEMENTARIOS

//neral Roca, 08 de agosto de 2014.-c

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "LANCIOTTI HUGO C/BANCO PCIA. DE NEUQUEN S/ORDINARIO S/ EJECUTIVO" (Expte. N* 38.936).-

Regúlanse los honorarios por acrecidos del Dr. Fernando E. Detlefs en la suma de $ 570 (MB: $8.037,37- regulación de fs. 283 vta).-

Regúlamse honorarios complementarios del Dr. Fernando E. Detlefs en la suma de $ 1.490.- (M. B. $ 10% de la liquidación aprobada a fs. 335)

Se deja constancia que para la regulación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuacion profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado aqui obtenido, así como las pautas dadas por nuestra Cámara Local en autos "AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ ETCHEVERRY RODOLFO MARIO S/ EJECUTIVO" (Expte.n°36114-J5-12, del 28/04/2014, entre otros) (art. 6, 8 y 41 ley G2212).-

TODO LO QUE ASI RESUELVO.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Proveyendo el escrito de fs. 373, agréguese.

Apruébase la liquidación practicada a fs. 369 por la suma de $ 8.926,90.- al 02-06-2014.-

Líbrese cheque a la orden de Claudia I. Sestan por la suma de $ 8.926,90.- en concepto de cancelación de planilla aprobada precedentemente. Cta. 126689520.-

Téngase presente la cacuión juratoria ofrecida.

Proveyendo el escrito de fs. 375, del depósito adjuntado, traslado. Not.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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