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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00488-057-12
N° Receptoría: Q-3BA-28-CC2012
Fecha: 2014-08-08
Carátula: PATANUK S.R.L. / MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ IMPUGNACION
Descripción: Prueba. Certificación
PATANUK S.R.L. C/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ IMPUGNACION ().
San Carlos de Bariloche, 7 de agosto de 2014.-
A la solicitud de declaración de puro derecho en este estado, por improcedente no ha lugar. Por Secretaría, certifíquese sobre el vencimiento y resultado del período probatorio.
Emilio Riat
Juez
///CERTIFICO: Que el período probatorio se encuentra vencido y a la fecha no se produjo la prueba oficiatoria ofrecida (Juzgado de Faltas Nro.1 de San Carlos de Bariloche)
Secretaría, 7 de Agosto de 2014.-
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
San Carlos de Bariloche, 8 de agosto de 2014.-
Téngase presente la certificación que antecede. Clausúrase el período probatorio. Pónganse los autos a disposición de las partes a los fines de los alegatos.
Emilio Riat
Juez
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Poder Judicial de Río Negro