Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00488-057-12

N° Receptoría: Q-3BA-28-CC2012

Fecha: 2014-08-08

Carátula: PATANUK S.R.L. / MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ IMPUGNACION

Descripción: Prueba. Certificación

PATANUK S.R.L. C/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ IMPUGNACION ().

San Carlos de Bariloche, 7 de agosto de 2014.-

A la solicitud de declaración de puro derecho en este estado, por improcedente no ha lugar. Por Secretaría, certifíquese sobre el vencimiento y resultado del período probatorio.

Emilio Riat

Juez

///CERTIFICO: Que el período probatorio se encuentra vencido y a la fecha no se produjo la prueba oficiatoria ofrecida (Juzgado de Faltas Nro.1 de San Carlos de Bariloche)

Secretaría, 7 de Agosto de 2014.-

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

San Carlos de Bariloche, 8 de agosto de 2014.-

Téngase presente la certificación que antecede. Clausúrase el período probatorio. Pónganse los autos a disposición de las partes a los fines de los alegatos.

Emilio Riat

Juez

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Poder Judicial de Río Negro