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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0452/91/6
Fecha: 2014-08-06
Carátula: VECCHI NIDIA CARMEN S - SUCESION AB INTESTATO S/ RECONSTRUCCION
Descripción: ORDENA RECONSTRUCCION DE EXPTE.
EXPTE. Nº 0452/91/6
CARATULA:VECCHI NIDIA CARMEN S - SUCESION AB INTESTATO S/ RECONSTRUCCION
Viedma, de agosto de 2014.-
Por presentados, parte en el carácter invocado y constituído el domicilio.-
Atento lo manifestado a fs. 2, teniendo en cuenta que las actuaciones principales han sido retiradas por la sra. Colombo del estudio jurídico del Dr. Ovidio N. Castello, según surge de la ficha correspondiente y que no figura devuelto a la Secretaría por persona alguna, habiéndose realizado una exhaustiva y prolija búsqueda del expediente dentro del juzgado con resultado negativo y comprobado su pérdida, ordénase la reconstrucción del mismo en los términos del art. 129 del CPCC.-
Atento que las actuaciones han sido tramitadas por el Dr. Ovidio N. Castello, hágase saber que deberá acompañar las copias de escritos, documentos y diligencias que se encuentren en su poder y correspondieren a actuaciones cumplidas en el expediente perdido, en el plazo de cinco (5) días. Notifíquese.-
Por Secretaría procédase a la agregación de todas las resoluciones correspondientes al expediente extraviado que obren en los registros del Juzgado.-
Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a fin de que remita copias de los actos y diligencias que se hubiesen ordenado en el expediente cuya reconstrucción se ordena.-
Líbrense oficios a la Caja Forense, Dirección General de Rentas y Colegio de Abogados, a los fines de que informen si se efectuaron pagos de los aportes, tasas e impuestos, según el caso, con respecto a la presente sucesión por haberse ordenado la reconstrucción de las actuaciones.-
En consecuencia, agréguese el informe de dominio acompañado y tiénese presente lo demás manifestado para su oportunidad.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro