Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 17028-070-13

N° Receptoría: S-3BA-87-C2012

Fecha: 2014-08-06

Carátula: ANGULO, DOROTEA- SUCESION AB INTESTATO- / S/ INCIDENTE ART. 250 CPCC

Descripción: Medida- Corrase vista- Requieranse autos- Extraiganse del acuerdo

ANGULO, DOROTEA- SUCESION AB INTESTATO- S/ INCIDENTE ART. 250 CPCC (17028-070-13).

Excma. Cámara.

En atención a las constancias de las causa solicitada como medida para mejor proveer, se requiera la opinión del Defensor de Menores e Incapaces, Dr. Manuel Caferatta, quien hubo representado los intereses del actor en aquél proceso. Asimismo, solicito se requiera la causa principal: "Angulo, Dorotea s/ Sucesión Ab- Intestato" -nro 07470-08- resgistro de Primera Instancia.

Vocalía, 22 de julio de 2014.

Edgardo J. Camperi

Juez de Cámara

San Carlos de Bariloche , 06 de Agosto de 2014.

I) En atención a lo solicitado precedentemente, como medida para mejor proveer, córrase vista al Defensor de menores e Incapaces, Dr. Manuel Caferatta.

II) Requiéranse los autos "Angulo, Dorotea S/ Sucesión Ab Intestato", expte. 07470-08, en trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 5. Oficio a cargo de la parte requirente.

III) Extraíganse los autos del acuerdo. Oportúnamente practíquese nuevo cómputo para fallar. Notifíquese por Secretaría.

nsa

Marina Venerandi Rubén O. Marigo

Juez de Cámara Juez de Cámara

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