Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00000-04

N° Receptoría:

Fecha: 2014-08-05

Carátula: ESCRITOS Nº 4 / S/ VARIOS

Descripción: ACORDADA 10/14 (bono diligencia judicial

Expte. nro.: 00000-04

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

A C O R D A D A N R O. 10 / 2014

En Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 03 días del mes de julio del año dos mil catorce, reunidos en acuerdo los Sres. Jueces del Superior Tribunal de Justicia, y

C O N S I D E R A N D O :

-----Que, en orden a lo establecido en la Resolución Nº 345/14 STJ se hace necesaria la adecuación del Anexo 1 de la Acordada Nº 5/2007, modificada por las Acordadas Nº 10/2007, 04/2010 y 9/2012, por cuanto allí se resolvió implementar el mecanismo de cobro de los aranceles establecidos en la Ley Impositiva Nº 4925 para los Oficios de Extraña Jurisdicción - Ley Nº 22172 debiéndose, en consecuencia, excluirlos de los aranceles dispuestos por la citada Acordada N° 5/2007 y sus modificatorias ya detalladas.-

-----Que por otra parte el Tribunal de Superintendencia General de la IIIª Circunscripción Judicial ha solicitado una actualización del tarifario, ello en atención a que los actuales valores rigen desde el mes de noviembre de 2012.-

-----Que se considera que ambas modificaciones resultan necesarias y razonables, lo que así se dispone.-

-----Por ello,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E :

----1ero.- Modificar integralmente el Anexo 1 de la Acordada Nº 5/2007, modificada por las Acordadas Nº 10/2007, 04/2010 y 9/2012, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Anexo 1

Aranceles del “Bono de Diligencias Judiciales” en vigencia en la III Circunscripción Judicial

San Carlos de Bariloche

Se establecen tres “radios geográficos” con la siguiente descripción gráfica de sus límites:

Radio geográfico 1:

Comprende el siguiente perímetro:

Lado Norte: Calle J. M. de Rosas 12 de Octubre.

Lado Este: Calle 9 de Julio.

Lado Sur: Calle Alte. Brown.

Lado Oeste: Pasaje Gutiérrez Calle 20 de febrero Calle 20 de Junio, Tucumán (primer tramo a la altura de J.M. De Rosas-microcento), Salta, Av. San Martín y calle España hasta la intersección con Av. Juan Manuel de Rosas- 12 de Octubre.

*Mandamientos: de cualquier naturaleza con o sin embargo, excepto los de “Extraña Jurisdicción Ley Nº 22172”: pesos cincuenta y cinco ( $ 55,00).

*Cédulas: Sin cargo.

Radio geográfico 2:

Perímetro de 5 km. con los siguientes laterales:

Lateral Oeste: Calle Sara Furman por Pioneros y hasta el Lago Nahuel Huapi. Por el lateral oeste y hacia el sur, fijar la calle Victoria Ocampo-Escritores Argentinos hasta el final.

Lateral Norte: El lago Nahuel Huapi, punto de confluencia de todas las arterias.

Lateral Sur: Todos los barrios incluidos por Onelli hasta el final, por Rolando hasta el final, por Pasaje Gutiérrez hasta el final y por la Ruta n° 258 hasta el barrio 34 Hectáreas.

Lateral Este: Hasta el puesto de Policía Caminera de Río Negro ubicado sobre Ruta 237.

* Mandamientos: de cualquier naturaleza con o sin embargos, excepto los de “Extraña Jurisdicción Ley Nº 22172”: pesos sesenta y cinco ($ 65,00).-

* Cédulas: pesos cuarenta y cinco ($ 45,00).-

Radio geográfico 3:

Abarca todas las diligencias que deban practicarse fuera del Radio 2.

*Mandamientos: de cualquier naturaleza con o sin embargo, excepto los de “Extraña Jurisdicción Ley Nº 22172”: pesos ochenta ($ 80,00).-

*Cédulas: pesos cincuenta y cinco ($ 55,00).-

Diligencias ordenadas en días y horas inhábiles: Se incrementarán en un 50% sobre los montos detallados precedentemente.

El Bolsón.-

Se establecen tres “Radios Geográficos” con la siguiente descripción de límites y aranceles:

Radio Geográfico 1

Delimitado por la calle Pueyrredón (al norte), Cacique Foyel (al sur), Avda Costanera que en algunos tramos se denomina Alte. Brown (al oeste) e Islas Malvinas que baja hasta la ruta 40, hasta la calle Foyel (al este).

*Mandamientos: de cualquier naturaleza con o sin embargo, excepto los de “Extraña Jurisdicción Ley Nº 22172”: pesos cincuenta y cinco ( $ 55,00).

*Cédulas: Sin cargo.

Radio Geográfico 2.-

Fuera del radio 1 y hasta un perímetro de 5 km.

* Mandamientos: de cualquier naturaleza con o sin embargos, excepto los de “Extraña Jurisdicción Ley Nº 22172”: pesos sesenta y cinco ($ 65,00).-

* Cédulas: pesos cuarenta y cinco ($ 45,00).-

Radio Geográfico 3.-

Todas las diligencias fuera del perímetro de 5 km.

*Mandamientos: de cualquier naturaleza con o sin embargo, excepto los de “Extraña Jurisdicción Ley Nº 22172”: pesos ochenta ($ 80,00).-

*Cédulas: pesos cincuenta y cinco ($ 55,00).-

Diligencias Ordenadas en días y horas inhábiles

Se incrementan en un 50% sobre los montos detallados precedentemente.-”

-----2do.- Establecer que la presente modificación entrará en vigencia a partir del 01/08/2014.-

-----3ro.- Disponer que el Centro de Documentación Jurídica confeccione el texto ordenado del Anexo 1 de la Acordada Nº 5/2007.-

---- 4to.- Registrar, comunicar, tomar razón, publicar en el Boletín Oficial y oportunamente archivar.-

Fdo: Adriana Cecilia Zaratiegui Presidenta Subrogante S.T.J.

Liliana Laura Piccinini - Jueza S.T.J.

Ricardo A. Apcarian - Juez S.T.J.

Enrique J. Mansilla - Juez S.T.J.

Ante mí: Horacio D. Mion Administrador General

San Carlos de Bariloche, 5 de agosto de 2014.-

Por recibido. Téngase presente. Hágase saber.

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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Poder Judicial de Río Negro