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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-2291-C3-14
N° Receptoría: D-2RO-2291-C2014
Fecha: 2014-08-04
Carátula: CONSORCIO DE RIEGO Y DRENAJE DE GRAL ROCA C/ / SUC. RODOLFO VILLANUEVA S/ EJECUTIVO
Descripción: PREPARA VIA
Expte:CONSORCIO DE RIEGO Y DRENAJE DE GRAL ROCA C/ / SUC. RODOLFO VILLANUEVA S/ PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA
Nro: D-2RO-2291-C3-14
General Roca, 4 de agosto de 2014.-w
Por recibido, atento el fuero de atracción ejercido por la sucesión de Rodolfo Villanueva, que tramita en este Juzgado (conforme artículo 3284 C.C.) hágase saber el juez que va a entender en la causa.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Certifique la Actuaria.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
Sra Jueza:
Certifico que por ante este Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3 tramita el exp. 38386: "Villanueva Rodolfo Mario s/Sucesión", en los cuales a fs.101 se resuelve declarar herederos a NICOLAS MARIO y JULIAN GERMAN, de apellidos VILLANUEVA y GONZALEZ, sin perjuicio de los derechos que por ley le corresponden al cónyuge supérstite RAQUEL AMELIA GONZALEZ.-
ANAHI MUÑOZ
Secretaria
General Roca, 4 de agosto de 2014.-w
Intímese a NICOLAS MARIO VILLANUEVA, con domicilio en Km. 1178 de Ruta Nacional Nº 22 de esta ciudad, en su caracter de administrador en el exp. 38386, para que dentro del QUINTO día de notificado comparezca al Tribunal a reconocer la firma del documento base de la acción de acuerdo a lo prescripto por el art. 525 del CPC, bajo apercibimiento de dársele por reconocida en caso de incomparecencia. Notifíquese mediante cédula.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Deposítese en Caja Fuerte la documentación acompañada.-
Déjese constancia en el exp. 38386: "Villanueva Rodolfo Mario s/Sucesión", del inicio de las presentes actuaciones.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Juez
Nota: de haberse desglosado y depositado en caja fuerte documental original de fs. 10/18. De haberse dejado nota en exp. 38386. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro