Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 27230/14

N° Receptoría:

Fecha: 2014-08-01

Carátula: BETELU ALEJANDRO S/ AMPARO COLECTIVO

Descripción: Edictos

E D I C T O S

El Juez del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro Dr.Enrique J.Mansilla hace saber en los términos art.15 de la Ley B 2779, que en los autos caratulados: "BETELU ALEJANDRO S/ AMPARO COLECTIVO"(Expte.N°27230/14-STJ-) que tramitan por ante este Superior Tribunal de Justicia, Secretaría Nº 4 a mi cargo, sito en Laprida Nº 292, 7° Nivel de Viedma, hace saber en los términos del art.15 de Ley B Nº 2779 que el señor Alejandro Betelú, por derecho propio y como Legislador Provincial ha promovido formal acción de Amparo Colectivo en los términos del art.43 de la Constitución Provincial y de la Ley B Nº 2779 contra Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Río Negro, solicitando la nulidad de la Resolución Nº 010/2014 y la realización de audiencia pública con carácter previo a comenzar las actividades potencialmente dañosas al medio ambiente, relacionadas con la actividad desarrollada en el Complejo Tecnológico Pilcaniyeu del Departamento Pilcaniyeu de esta Provincia. Conste.-

Viedma, de agosto de 2014.-

EZEQUIEL LOZADA

SECRETARIO

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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