Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0110/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2014-08-01

Carátula: LA COSTA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO

Descripción: COBRO BNA -AGREGA CED - NO HA LUGAR A LA RADICACION DE EXPTES LABORALES

EXPTE. Nº 0110/2005.-

CARATULA: LA COSTA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO.-

Viedma, de agosto de 2014.-

Al escrito de fs. 2312:

Conforme lo peticionado y teniendo en cuenta el depósito efectuado a fs. 2309, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a su sola presentación y de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 122006032 al sr. Angel Fabián Obert (DNI nº 22.697.406) hasta cubrir la suma de $ 192,36 en concepto de crédito verificado del Banco de la Nación Argentina, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-

Proveyendo a fs. 2313/2314:

Agréguese.-

Al escrito de fs. 2315:

No siendo necesaria la radicación de los expedientes de extraña jurisdicción en este Juzgado para hacer efectivo el levantamiento de los embargos, estése a lo dispuesto en el auto interlocutorio de fs. 2295.-

A la remisión solicitada, oportunamente y en caso de corresponder, se proveerá.-

Rosana Calvetti

Juez

Se deja constancia que la copia del oficio obra en el sistema Lex. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro