Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40666

N° Receptoría:

Fecha: 2014-08-01

Carátula: LLORENS Juan Manuel S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: LIQUID. IMPUESTOS Y PREVIO-A RENTAS

"LLORENS Juan Manuel S/ PROCESO SUCESORIO"

(Expte. Nro. 40666)

//neral Roca, 01 de agosto de 2014.-j

Agréguense los informes y conformidades prestadas.-

Respecto del inmueble denunciado NC 05-1-U-006-06: Procédase por Secretaría a la liquidación de impuestos de Justicia, sellado de actuación y contribuciones respectivas sobre la base denunciada a fs. 143, haciéndose saber que deberán ser ingresados dentro del término de QUINCE días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal. Notifíquese.-

Previo a todo, deberán prestar conformidad con la Declaración Jurada Patrimonial los herederos restantes (Juan Angel y Juan Martín Llorens).-

Respecto del automotor Domino BMJ 570: Téngase presente las conformidades prestadas para su transferencia por parte de los herederos Juan Angel y Juan Martín Llorens.-

Con las constancias de fs. 70 debe tenerse por acreditado el pago de los sellados de ley y con las de fs. 121 la conformidad prestada por Caja Forense.-

De la cesión de fs. 124, vista a rentas.-

A la inscripción peticionada, adviértase que los certificados sobre condiciones de dominio e inhibiciones y libre deuda se encuentra vencidos (art. 16 2do. Párrafo del Decreto Ley 6582/58).-

Actualícense los mismos y para el caso de que se encuentren libres de todo gravámen el causante, cónyuge supérstite y cedentes sin registrar anotaciones personales, líbrese oficio de estilo al Registro de la Propiedad del Automotor a los fines de inscribir la Declaratoria de Herederos dictada en autos a fs. 50 a favor de los herederos declarados y sobre el automotor dominio BMJ 570, juntamente con las cesiones de derechos hereditarios de fs. 129, 140 y 142, a favor de sus beneficiarios y respecto de la proporción que le corresponde al causante de autos.-

A tales fines, se hace saber que el oficio a librarse deberá contener transcripción íntegra de esta providencia y de las demás exigidas por Ley (Decreto Ley 6582/58). Inclúyanse los datos personales de los beneficiarios, su CUIT, y persona autorizada para correr con el diligenciamiento de tal oficio.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

Sr. JUEZ:

De acuerdo a lo ordenado precedentemente pocedo a la liquidación de impuesto de justicia, sellado de actuación y contribuciones que deberán ser oblados en los presentes:

MONTO BASE: $359.724,90

IMPUESTO DE JUSTICIA $8.993,12

SELLADO DE ACTUACION $2.248,28

SITRAJUR $719,44

COLEGIO DE ABOGADOS $719,44

General Roca, 01 de agosto de 2014.-j

ANAHI MUÑOZ

Secretaria

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