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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36520
Fecha: 2005-06-28
Carátula: Crédito CONFIANZA SA C/BANEGAS Juan A. S/ Ejecutivo
Descripción: Aprueba liquid.//A cheque
//neral Roca, 28 de JUNIO de 2005.-
Estando vencido el traslado conferido a fs. 62, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 60 y vta. por la suma de $199,68 al 30/05/05.-
Líbrese cheque a la orden de la Dra. SUSANA SANCHEZ DE FISELZON por la suma de $199,68 en concepto de: total de liquidación aprobada precedentemente.-
Atento el estado de autos, regulo los honorarios por acrecidos de la Dra. Susana S. de Fiselzon en $ 10 y de la Dra. Elizabeth Quesada en $ 20 (MB: $530.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En se libró cheque Nro. . Conste.-
En retiro cheque. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro