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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0763/2012
Fecha: 2014-07-29
Carátula: ROUSIOT JORGE ALBERTO C/ PAZOS JUANA MORALIZA Y OTROS S/ USUCAPION
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota
EXPTE. Nº 0763/2012.-
CARATULA: ROUSIOT JORGE ALBERTO C/ PAZOS JUANA MORALIZA Y OTROS S/ USUCAPION.-
C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 98 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PARTE ACTORA:
Documental: La incorporada a la causa.-
Reconocimiento de documental: SENASA reconoce a fs. 95/96.-
Inspección Ocular: Acta obrante a fs. 88.-
Testimonial: de los sres. Susana Leonor Ibarrola, Guillermo Jorge Yungblut, Orfilio Eldis Tolosa, Gladys Beatriz Gemma y Edgardo Elvio Jauge, registrado de manera audiovisual conforme acta de fs. 90.-
SECRETARIA, de julio de 2014.-
A P
Luciano Minetti Kern
Secretario
Viedma, de julio de 2014.-
Atento la certificación del Actuario, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro