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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1472/97/5
Fecha: 2014-07-29
Carátula: CORBALAN GLADIS MARISA Y OTRO S/ HOMOLOGACION
Descripción: CESE CUOTA ALIMENTARIA POR MAYORIA DE EDAD -2010-
JUZGADO CIVIL, COM. y MINERIA Nº 3
I CIRCUNSCRIPCION
AUTO INTERLOCUTORIO:
FOLIO
Viedma, de julio de 2014.-
Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados "CORBALAN GLADIS MARISA Y OTRO S/ HOMOLOGACION" Expte. Nº 1472/97/5, para resolver.-
Y CONSIDERANDO:
1.- Que a fs. 141 se presenta el sr. Roberto Oscar Dominguez, por derecho propio y solicita el cese de la cuota alimentaria a favor de su hijo Germán Ezequiel Dominguez, atento haber alcanzado éste la mayoría de edad.-
2.- Que, conforme lo dispone el art. 306 del Código Civil, la patria potestad se acaba, entre otros motivos, por llegar los hijos a la mayor edad y en consecuencia, según el art. 264 del código citado finaliza el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los padres sobre las personas y bienes de los hijos, encontrándose dentro de esos deberes la obligación de alimentos (conf. arts. 265 y 267 cód. cit.).-
3.- Que tal como consta en el certificado de nacimiento obrante a fs. 4 de autos, a la fecha el hijo Germán Ezequiel Dominguez ha alcanzado los 21 años de edad, razón por la que corresponde hacer lugar a la petición de cese de cuota, con costas al alimentante atento que no hubo sustanciación del planteo (conf. art. 68 del CPCC).-
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
I.- Hacer lugar a lo solicitado a fs. 141 y ordenar el cese de la cuota alimentaria a favor de Germán Ezequiel Dominguez.-
II.- Imponer las costas al alimentante (art. 68 CPCC) y regular los honorarios profesionales de la Dra. María Carolina Gaitán en 3 jus. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
III.- Firme que se encuentre la presente y a los fines de su toma de razón, líbrese oficio al Organismo empleador correspondiente del demandado.-
IV.- Regístrese, protocolícese, notifíquese y a la sra. Defensora de Menores en su despacho.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro