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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0204/2012
Fecha: 2014-07-24
Carátula: BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ MANSILLA ABEL RAUL S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO
EXPTE. No.: 0204/2012
CARATULA:BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ MANSILLA ABEL RAUL S/ EJECUTIVO
Viedma, de julio de 2014.-
Atento lo solicitado y lo que surge del informe obrante a fs. 27/29, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado ABEL RAUL MANSILLA como empleado de la la firma CPC S.A., hasta cubrir la suma de $ 12.581 en concepto de saldo de montos de sentencia, con más la suma de $ 4.550 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la firma mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en la cuenta judicial de autos nº 299007616 del Banco Patagonia S.A., Suc. Viedma.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro