Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0622/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2014-07-23

Carátula: NUÑEZ NANCY RAQUEL C/ CATRIEL ORLANDO ORESTE S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: DEMANDADA RAILEF CONTESTA LA DEMANDA

EXPTE. Nº : 0622/2012.-

CARATULA: NUÑEZ NANCY RAQUEL C/ CATRIEL ORLANDO ORESTE S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-

Viedma, de julio de 2014.-

Al escrito de fs. 85/87:

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Por contestada la demanda.-

Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Al escrito de fs. 88:

Por constituído nuevo domicilio. Notifíquese.-

Hágase saber a la Dra. Navarro que no ha suscripto el escrito.-

A P

Luciano Minetti Kern

Secretario

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