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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0622/2012
Fecha: 2014-07-23
Carátula: NUÑEZ NANCY RAQUEL C/ CATRIEL ORLANDO ORESTE S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: DEMANDADA RAILEF CONTESTA LA DEMANDA
EXPTE. Nº : 0622/2012.-
CARATULA: NUÑEZ NANCY RAQUEL C/ CATRIEL ORLANDO ORESTE S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-
Viedma, de julio de 2014.-
Al escrito de fs. 85/87:
Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Por contestada la demanda.-
Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Al escrito de fs. 88:
Por constituído nuevo domicilio. Notifíquese.-
Hágase saber a la Dra. Navarro que no ha suscripto el escrito.-
A P
Luciano Minetti Kern
Secretario
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Poder Judicial de Río Negro