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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36994
Fecha: 2006-06-22
Carátula: Consignaciones RURALES S.A. C/MARTIN Javier Alejandro S/ Ejecutivo
Descripción: Orden de Pago
Sra. Juez:
Habiéndonos comunicado telefónicamente con el Banco Patagonia SA, sucursal local, se informó directamente a Secretaría que el saldo de la cuenta perteneciente a los autos Consignaciones RURALES S.A. C/MARTIN Javier Alejandro S/ Ejecutivo (Expte. Nro. 36994), Nro. 220009338 registra un saldo de $ 21.316,67 al día 20.06.06.-
Secretaría, 22 de junio de 2006.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
//neral Roca, 22 de JUNIO de 2006.-
Téngase presente el informe que antecede y la conformidad prestada por la Dirección de Rentas.-
Líbrese oficio al Banco Patagonia SA (Resolución 104/03 modificada por Resoluc. 100/04 DGR) a fin de que abone directamente y por ventanilla al Dr. HERNÁN PINOLINI CARCIOFFI la suma de $ 19.461,03 en concepto de: total de capital planilla de fs. 74 los que incluyen los honorarios del Dr. Pinolini por $2.031,37 más Caja Forense $101,57, y a su vez transfiera a la cuenta de la Dirección de Rentas la suma de $ 40,62 en concepto de retención del Impuesto a los Ingresos Brutos.-
Atento el estado de autos, regulo los honorarios por acrecidos del Dr. Hernán Pinolini Carcioffi en $ 980.- (MB: $ 19.461,03.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro