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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: M-2RO-301-C3-14
N° Receptoría: M-2RO-301-C2014
Fecha: 2014-07-22
Carátula: VILLALOBO ANGEL JAVIER S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c) (Y PRUEBA ANTICIPADA)
Descripción: INICIO//PRUEBA ANTICIPADA
"VILLALOBO ANGEL JAVIER S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c) (Y PRUEBA ANTICIPADA)"
(Expte. Nro. M-2RO-301-C3-14)
General Roca, 22 de julio de 2014.-s
Por presentado, parte y con domicilio.-
Previo a iniciar el beneficio de litigar sin gastos, deberá darse cumplimiento con los recaudos previstos por el art. 79, inc. 2º y 440 del CPC.(mención expresa de las posibles futuras partes) en las declaraciones testimoniales acompañadas-
A la solicitado a fs. 5, vta. punto 2, a los fines de evaluar la procedencia de lo solicitado, acredítese los hechos manifiestados con la documentación que estime corresponder.-
De lo manifestado, respecto de la actuación del escribano Sergio Martinez, aclare y acredite la intervención del mismo, en particular en lo referido respecto del secuestro de la protesis.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro