Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: A-2RO-435-C3-14

N° Receptoría: A-2RO-435-C2014

Fecha: 2014-07-22

Carátula: FERREYRA GUSTAVO ARIEL Y OTRO C/ ARGENCOBRA S.A. Y LA MERIDIONAL S.A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

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FERREYRA GUSTAVO ARIEL Y OTRO C/ ARGENCOBRA S.A. Y LA MERIDIONAL S.A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

//neral Roca, 22 de julio de 2014.-w

Por presentado, parte y con domicilio.-

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a los demandados ARGENCOBRA S.A. y LA MERIDIONAL S.A. por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quienes se cita y emplaza para que la contesten conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y art. 118 LS -respectivamente- y comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrense cédulas.-

Téngase presente la prueba ofrecida y hágase saber lo dispuesto por el art. 360 CPC.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Se deja constancia que la documental mencionada en el inciso a, apartado 4, del punto VII (fs.78 vta.) es fotocopia simple con sello de recepción por parte de la aseguradora.-

Deposítese en caja fuerte la documental original acompañada.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Juez

Nota: de haberse desglosado y depositado en caja fuerte la documental original de fs. 42/73 .Conste.- (fs.73 talonario de facturas de n° 151 a 200)

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