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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-576-C3-13
N° Receptoría: D-2RO-576-C2013
Fecha: 2014-07-21
Carátula: ELIZONDO Juan Angel C/ OSPECON y UOCRA S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: SENTENCIA 508 Y VTA, PARA ORDEN DE PAGO
//neral Roca, 21 de julio de 2014.-s
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados "ELIZONDO Juan Angel C/ OSPECON y UOCRA S/ EJECUCION DE HONORARIOS" (Expte. D-2RO-576-C3-13) la ejecución iniciada a fs. 3.-
CONSIDERANDO: a) Que el título es ejecutivo (arts. 499, 500 y 508 del CPC), y
b) Que el demandado no opuso excepción en término.-
Por ello,
RESUELVO: Mandando llevar adelante la ejecución contra UOCRA y OSPECON, y por la suma de $ 1.380,00, con más sus intereses, costos y costas de la ejecución, con más sus intereses y costas.-
Proveyendo a fs. 25: Habiéndose dado cumplimiento con lo ordenado a fs. 22, déjese sin efecto a intimación efectuada.-
Téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense en el otro si digo.
Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A a fin de que de la cuenta de autos Cta. 12669379, transfiera a la cuenta de:
* Caja Forense la suma de $ 304,40 en concepto de 11% de aportes con sus intereses, del Dr. Juan Angel Elizondo Afiliado N°: B 0659. (6).-
* Agencia de Recaudación Tributaria, la suma de $ 69 en concepto de 5% de aportes de Ingresos Brutos del Dr. Elizondo.-
* Le abone a María de las Mercedes Llanos DNI 5.983.360 la suma de $ 1.144,96 en concepto de total de honorarios reclamados en autos, menos el 6% de aportes a su cargo y el 5% de Ingresos Brutos. Cúmplase por Secretaría.
Notifíquese y regístrese.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro