Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40090

N° Receptoría:

Fecha: 2014-07-04

Carátula: CORIA Julio y Otra C/ VEGA ZAPATA Héctor H. y Otra S/ ORDINARIO

Descripción: INFORME AGREG. REGULACIONCOMPLEMENTARIOS

SE AGREGA INFORME DEL BANCO PATAGONIA //neral Roca, 04 de julio de 2014.-j

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "CORIA Julio y Otra C/ VEGA ZAPATA Héctor H. y Otra S/ ORDINARIO" (Expte. N* 40090).-

Al sólo efecto de la regulación de honorarios complementarios, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 318 vta. por la suma de $159.722,78 al 12.02.14. Téngase presente la conformidad prestada por el apoderado de la citada en garantía y demandado.-

Regulo los honorarios complementarios del Dr. ARIEL ALBERTO BALLADINI en la suma de $ 35.722.- y del Dr. MAURICIO MIGUEL BENITEZ $ 24.600.- (MB: $159.722,78 - 22,365% al primero y 11% más el 40% a favor del segundo y conforme Cámara de Apelaciones).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley 2212 RN).-

TODO LO QUE ASI RESUELVO.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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Poder Judicial de Río Negro