Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41570

N° Receptoría:

Fecha: 2014-07-04

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ HERNANDEZ Pablo Damián S/ EJECUTIVO

Descripción: INEXISTENCIA ACTO. DESIGNACION OFICIAL AD-HOC

"AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ HERNANDEZ Pablo Damián S/ EJECUTIVO"

(Expte. Nro. 41570)

//neral Roca, 04 de julio de 2014.-c

I.- Advertido en este estado que lo obrado a fs. 33 carece de firma, declárase inexistente tal acto.-

En consecuencia, y proveyéndo fs. 32:

Agréguense los oficios acompañados.-

Del martillero propuesto, traslado por cinco días.-

Atento las constancias de fs. 11 y no habiendo el demandado opuesto excepciones legitimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la Actuaria en éste acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-

Conforme lo dispuesto por los arts. 133 y 542 del C.P.C. las providencias quedarán notificadas por Ministerio de Ley.-

En consecuencia, glósese la documentación original de fs. 5.-

II.- Vencido el plazo anterior y para el caso de no observarse oposición alguna; desígnase oficial de justicia ad-hoc a Flavia Vanessa Jara quien actuará en tal caracter en la diligencia a realizar, asumiendo las responsabilidades legales inherentes al cargo conferido y quedando entendido que el mismo queda aceptado con su intervención en la diligencia, de la quedeberá levantar acta detallada de lo ocurrido y agregarla en autos dentro del tercer día, bajo apercibimiento de remoción y sin perjuicio de las demás sanciones que en el caso correspondan. Not.

Al punto 2, téngase presente.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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