Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: D-2RO-2098-C3-14

N° Receptoría: D-2RO-2098-C2014

Fecha: 2014-07-02

Carátula: LANCIOTTI HUGO C/ SALAMANCA MENA EVA DEL CARMEN Y OTRO S/ EJECUTIVO

Descripción: CEDULA AGREGA. PROVIDENCIA

SE AGREGA CEDULA A CAJA FORENSE DILIGENCIADA EL 12.06.14.- "LANCIOTTI HUGO C/ SALAMANCA MENA EVA DEL CARMEN Y OTRO S/ EJECUTIVO"

(Expte. Nro. D-2RO-2098-C3-14)

//neral Roca, 02 de julio de 2014.-j

Al punto 1 a): Hágase lugar a lo solicitado y déjese sin efecto la cita referida a las "...asignaciones familiares y descuentos obligatorios (verb. jubilaciones y obra social)...." obrante a fs. 10 vta. 2° párrafo.-

Al punto 1 b) y 2: Desestímase la revocatoria por ser ajustada a derecho, no advirtiéndose el gravamen por cuanto a la fecha no se ha pronunciado sobre qué medida de las ordenadas en forma anticipatoria utilizará, a la apelación interpuesta, no ha lugar.-

Al punto 3, desglóse la documental de fs. 3 y glósese en su lugar la copia acompañada.-

Deposítese en caja fuerte el original del documento.-

Al punto 4, téngase presente.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

Nota: de haberse depositado en caja fuerte fs. 11. Conste.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro