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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-2098-C3-14
N° Receptoría: D-2RO-2098-C2014
Fecha: 2014-07-02
Carátula: LANCIOTTI HUGO C/ SALAMANCA MENA EVA DEL CARMEN Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: CEDULA AGREGA. PROVIDENCIA
SE AGREGA CEDULA A CAJA FORENSE DILIGENCIADA EL 12.06.14.- "LANCIOTTI HUGO C/ SALAMANCA MENA EVA DEL CARMEN Y OTRO S/ EJECUTIVO"
(Expte. Nro. D-2RO-2098-C3-14)
//neral Roca, 02 de julio de 2014.-j
Al punto 1 a): Hágase lugar a lo solicitado y déjese sin efecto la cita referida a las "...asignaciones familiares y descuentos obligatorios (verb. jubilaciones y obra social)...." obrante a fs. 10 vta. 2° párrafo.-
Al punto 1 b) y 2: Desestímase la revocatoria por ser ajustada a derecho, no advirtiéndose el gravamen por cuanto a la fecha no se ha pronunciado sobre qué medida de las ordenadas en forma anticipatoria utilizará, a la apelación interpuesta, no ha lugar.-
Al punto 3, desglóse la documental de fs. 3 y glósese en su lugar la copia acompañada.-
Deposítese en caja fuerte el original del documento.-
Al punto 4, téngase presente.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
Nota: de haberse depositado en caja fuerte fs. 11. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro