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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-2099-C3-14
N° Receptoría: D-2RO-2099-C2014
Fecha: 2014-07-02
Carátula: LANCIOTTI HUGO C/ SALAMANCA MENA EVA DEL CARMEN Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: DEJA SIN EFECTO-AGREGA
"LANCIOTTI HUGO C/ SALAMANCA MENA EVA DEL CARMEN Y OTRO S/ EJECUTIVO"
(Expte. Nro. D-2RO-2099-C3-14)
//neral Roca, 02 de julio de 2014.-c
Al punto 1 a): Hágase lugar a lo solicitado y déjese sin efecto la cita referida a las "...asignaciones familiares y descuentos obligatorios (verb. jubilaciones y obra social)...." obrante a fs. 7 vta. 3er. párrafo.-
Al punto 1 b) y 2: Desestímase la revocatoria por ser ajustada a derecho, no advirtiéndose el gravamen por cuanto a la fecha no se ha pronunciado sobre qué medida de las ordenadas en forma anticipatoria utilizará, a la apelación interpuesta, no ha lugar.
Al punto 3, procédase al desglose de la documental de fs. 3, glósese la copia acompañada y refóliese.
Fecho, deposítese en caja fuerte la documental original.-
Al punto 4, téngase presente.
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
NOTA: de desglosar y depositarse documental original de fs. 4. CONSTE.
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Poder Judicial de Río Negro