Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42389

N° Receptoría:

Fecha: 2014-07-01

Carátula: JARA Amalia S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: DETERMINA IMPUESTOS-AGREGA REGULACION EN SUCESION

"JARA Amalia S/ SUCESION AB INTESTATO"

(Expte. Nro. 42389)

AGREGA OFICIO DE RENTAS

//neral Roca, 01 de julio de 2014.-c

Téngase presente y por cumplido con lo ordenado a fs. 57.

Procédase por secretaria a la liquidación de impuestos de Justicia, sellado de actuación y contribuciones respectivas sobre la base determinada a fs. 54 haciéndose saber que deberán ser ingresados dentro del término de quince días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal. Notifíquese a las partes.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

Sra Juez:

De acuerdo a lo ordenado precedentemente procedo a la liquidación de impuesto justicia, sellado y contribución que deberán ser oblados en los presentes:

MONTO BASE..................................$ 29.250,86.-

IMPUESTO DE JUSTICIA.................$ 731,27.-

SELLADO DE ACTUACION..............$ 182,81.-

COLEGIO DE ABOGADOS...............$ 58,50.-

SITRAJUR........................................$ 58,50.-

Secretaría, 01 de julio de 2014.-

ANAHI MUÑOZ

Secretaria

//neral Roca, 01 de julio de 2014.-c

VISTOS Y CONSIDERANDO: "JARA Amalia S/ SUCESION AB INTESTATO" (Expte. N* 42389).-

RESUELVO: Atento el estado de autos y conformidad prestada a fs. 63, corresponde determinar la base regulatoria en los presentes en la suma de $ 31.150,86 (fs. 54), y en consecuencia regulánse los honorarios profesionales a favor de la Dra.Emilce Belén Tello -patrocinante de los herederos declarados- y por su intervención en la primera y segunda etapa de este proceso, y a cargo de los herederos en la suma de $ 3.320,00 (MB:$ 31.150,86; dos etapas: $ 20.767,24, 16%), y como resultado de considerar las pautas dadas por los arts. 6, 7, 8, 9, 10, 25 y 44 de la ley G 2212 y la calidad y eficiencia de sus labores.-

A la regulación por la tercera etapa, estése a lo resuelto por Cámara de Apelaciones en autos "LUCERO CIRILO s/Sucesión" (Expte. 21217-CA-12) y "MEHDI DAVID ROBERTO s/SUCESION TESTAMENTARIA" (Expte. Nro. 21235-CA-12).- Notifíquese y cúmplase con la ley 869. Regístrese. Téngase presente a sus efectos que en autos que tramitan bajo el nº 42388, se ha concedido por resolución del día 22/08/13 la franquicia de litigar sin gastos a favor del Sr. Oscar Andrés Zeballos.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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