Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0476/2014

N° Receptoría: F-1VI-362-C2014

Fecha: 2014-07-01

Carátula: VILLARRUEL VERONICA S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: INICIA SUCESION AB INTESTATO

EXPTE. Nº: 0476/2014.-

"VILLARRUEL VERONICA S/ SUCESION AB INTESTATO".-

Viedma, de julio de 2014.-

Por presentada, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de VERONICA VILLARRUEL.-

Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del CPCC). Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-

Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-

Toda vez que las copias de sentencia acompañadas carecen de validez legal por ser fotocopias simples, devuélvanse a su presentante. En consecuencia, hágase saber que deberá acreditarse en debida forma la representanción invocada respecto de la menor María Candela Aquino.-

R .B.

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro