Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0863/2013

N° Receptoría: A-1VI-117-C2013

Fecha: 2014-06-30

Carátula: GAVILANI YOLANDA MARISA C/ LA COMARCA S.A. Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: CONTESTA DEMANDA

EXPTE. Nº 0863/2013

CARATULA: GAVILANI YOLANDA MARISA C/ LA COMARCA S.A. Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de junio de 2014.-

Proveyendo a fs. 55:

Agréguese.-

Proveyendo a fs. 66/78:

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Agréguese la documental acompañada.-

Por contestada la demanda en tiempo y forma.-

De la documental presentada, córrase traslado a las partes por el término de ley. Notifíquese, a tal fin, acompáñese un juego de copias para traslado.-

Tiénese presente la reserva formulada.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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