Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0106/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2014-06-30

Carátula: ELIZONDO JUAN JOSE ALBERTO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: cesion de derechos-debe ratificar

EXPTE. N° 0106/2012

CARATULA: ELIZONDO JUAN JOSE ALBERTO S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, de junio de 2014.-

Agréguese

Tiénese presente la cesión efectuada y a los fines de su ratificación cítese a los herederos declarados en autos a primera audiencia cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 a 11.00 horas. Notifíquese y con relación a los herederos domiciliados fuera del asiento del Juzgado hágase saber que dicha ratificación podrá ser efectuada en el Juzgado de Paz de su domicilio o mediante escribano público.-

Toda vez que se ha denunciado la inexistencia de animales de propiedad del causante, a la designación de administrador, no ha lugar por resultar innecesario.-

Sin perjuicio de ello y atento que la marca se encuentra inscripta también a nombre del causante, hágase saber que en caso de existir animales que registren dicha marca deberán denunciarse.-

A lo demás, oportunamente.-

Rosana Calvetti

Juez

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