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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30491III
Fecha: 2014-06-30
Carátula: MEHDI David Roberto S/ SUCESION TESTAMENTARIA (y AB-INTESTATO)
Descripción: AGREGA-CONFORMIDAD DE CAJA-AUTORIZA INSC. DECLARATORIA
"MEHDI David Roberto S/ SUCESION TESTAMENTARIA (y AB-INTESTATO)"
(Expte. Nro. 30491III)
//neral Roca, 30 de junio de 2014.-c
Proveyendo fs. 94/100: por presentados por derecho propio, parte y con domicilio procesal constituido los Sres. Ivan Matías, Emilianio, Alejandro, Mariana -todos de apellido Klein y Mehdi-, María Lorena y María Fernanda -de apellido Mehdi y Uicich-, todos ellos en el caracter de herederos instituidos y conforme copia de testamento de fs. 11, y sobre el cual se ha expedido a fs. 14 el Sr. Agente Fiscal y a fs. 14 vta. se ha aprobado judicialmente el mismo.-
Proveyendo el escrito de fs. 105: atento lo pedido y estado de autos, corresponde acceder a lo solicitado por cuanto examinada esta causa se ha acreditado a fs. 64 la titularidad del causante sobre el bien inmueble denunciado, según constancias de fs. 40 y conformidad de Rentas a fs. 53 se ha tenido por acreditado el pago de los sellados de ley, y de fs. 105 vta. surge la conformidad prestada por Caja Forense.-
En consecuencia, autorízase a la inscripción tanto de la declaratoria de herederos dictada en autos a fs. 29 de los presentes, como de la obrante a fs. 40 en autos "VILLEGAS MUÑOZ HEBE S/ SUCESION" (EXP 40.020-III-10; del registro de este Juzgado; cf. auto de fs. 81) y auto de validez del testamento dictada a fs. 14 vta. sobre el bien inmueble matrícula NC 05-1-D-837-04, en la proporción que le corresponde al causante de autos y a favor de sus herederos -en la proporción de 4/5- y a favor de los herederos instituidos -en la de 1/5-, cuya instrumentación quedará a cargo de la Escribanía denunciada.-
Dada la intervención para tal acto de la Escribanía denunciada, déjase expresa constancia de que no han sido requeridos certificados actualizados de dominio del bien, ni de anotaciones personales del causante, y libre deudas sobre impuestos tasas y contribuciones.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro