Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 26037/12

N° Receptoría:

Fecha: 2014-06-25

Carátula: MAZZAGLIA VICENTE RAUL S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Descripción: Aut.Inter.

///MA, 24 de junio de 2014.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “MAZZAGLIA VICENTE RAUL S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD" (Expte.N°26037/12-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

El señor Juez doctor Ricardo A.APCARIÁN dijo:- - - - - - - - - --

-----A fs.359 los doctores Julio Ricardo Meneses y Juan Carlos Chirinos, ambos por su propio derecho, solicitan se regulen sus honorarios profesionales por su intervención en estos obrados referidos a la contestación del recurso extraordinario interpuesto por las letradas de la parte actora.- - - - - - - - -

-----A fs.351/356, mediante Aut.Inter.Nº 38 este Cuerpo denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por las abogadas del Municipio de San Carlos de Bariloche a fs.319/338, contestado a fs.340/348 por el apoderado del actor, con costas (art.68 del CPCyC).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Que en razón de lo expuesto precedentemente, corresponde fijar prudencialmente la retribución de los profesionales peticionantes, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada a la luz de lo prescripto por el art. 15 de la Ley K Nº 2212, regulando los honorarios profesionales de los doctores Julio Ricardo Meneses y Juan Carlos Chirinos -en conjunto- en el 30%, a calcular sobre los emolumentos regulados en la Se.Nº 15 obrante a fs.303/315.- - - - - - - - - - - - - - -

----MI VOTO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

La señora jueza doctora Adriana C. ZARATIEGUI y los señores jueces doctores Sergio M. BAROTTO y Enrique J. MANSILLA, dijeron:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Adherimos al voto y solución propuesta por el señor Juez preopinante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----ASI VOTAMOS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

La señora Jueza doctora María L. IGNAZI dijo:- - - - - - - - - --

-----Atento la coincidencia de los señores jueces preopinantes, me abstengo de emitir opinión (art.39 L.O.).- - - - - - - - - - -

-----MI VOTO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Por ello,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Regular los honorarios profesionales de los doctores Julio Ricardo Meneses y Juan Carlos Chirinos -en conjunto- en el 30%, a calcular sobre los emolumentos regulados en la Se.Nº 15 obrante a fs.303/315.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente, archívese.- -- Fdo.:RICARDO A.APCARIAN JUEZ ADRIANA C.ZARATIEGUI JUEZA SERGIO M.BAROTTO JUEZ ENRIQUE J.MANSILLA JUEZ MARIA L. IGNAZI JUEZA EN ABSTENCION ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro