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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0706/2010
Fecha: 2014-06-25
Carátula: GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/ ROJAS SANDRA CARINA S/ EJECUTIVO
Descripción: ARCHIVO PARALIZADO C/DOC RES. 893/11
EXPTE. Nº 0706/2010
CARATULA: GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/ ROJAS SANDRA CARINA S/ EJECUTIVO
*05TXHO.1ML5LY*
Viedma, de junio de 2014.-
Atento el estado de autos, agréguese el documento base original reservado en Secretaría, dejando constancia de la presente ejecución.-
Atento el estado de autos y en uso de la delegación de facultad dispuesta mediante Auto Interlocutorio n° 893/11, decrétase la paralización de las presentes actuaciones y cumplidos los requisitos exigidos por el art. 105 del Reglamento del Archivo, remítanse al mencionado organismo.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro