Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0185/2013

N° Receptoría: A-1VI-17-C2013

Fecha: 2014-06-24

Carátula: FARRA OSCAR ROLANDO C/ FELIX MALASPINA E HIJOS S.A.C.I.F.I.A.M. S/ USUCAPION

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota

EXPTE. Nº 0185/2013.-

CARATULA: FARRA OSCAR ROLANDO C/ FELIX MALASPINA E HIJOS S.A.C.I.F.I.A.M. S/ USUCAPION.-

C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 125 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

DOCUMENTAL: Incorporada a la causa y reservada en Secretaría bajo registro F-2/13.-

INSPECCION OCULAR: Desistida a fs. 124.-

TESTIMONIAL: De los Sres. Pedro Ramón Sosa, Ramón Angel Sosa, Rubén Orlando Llanqueleo, Milco Efren Llanqueleo y Hugo Alberto Urrutia, obrantes a fs. 119/123 respectivamente.-

SECRETARIA, de junio de 2014.-

R .B.

Luciano Minetti Kern

Secretario

Viedma, de junio de 2014.-

Atento la certificación del Actuario, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-

R .B.

María Gabriela Tamarit

Juez Subrogante

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