Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1280/97/6

N° Receptoría:

Fecha: 2014-06-24

Carátula: DE LEONARDIS HAYDEE PATRICIA C/ KUCICH DANIEL OSCAR S/ ALIMENTOS (c)

Descripción: HOMOLOGACION DE ACUERDO

Viedma, de junio de 2014.-

Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: "DE LEONARDIS HAYDEE PATRICIA C/ KUCICH DANIEL OSCAR S/ ALIMENTOS (c)" Expte. n° 1280/97/6 - Receptoría nº ; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 115/116 los sres. Haydee Patricia De Leonardis y el sr. Daniel Oscar Kucich, acuerdan la cuota alimentaria correspondiente a su hijo menor de edad Tomás Alejandro Kucich.-

Que el acuerdo en su parte pertinente dice: ... "1º) CUOTA ALIMENTARIA: para el hijo Tomás Alejandro Kucich (DNI nº 38.870.400) acordándose que sea de la suma de pesos un mil quinientos ($ 1.500) mensual a abonar por el requerido, a partir del próximo mes de junio. Dichas sumas serán depositadas en una cuenta judicial que se abrirá por medio del Juez de Familia correspondiente y las sumas serán depositadas del 1 al 15 de cada mes. Las partes consienten el libramiento del oficio correspondiente para la apertura de la cuenta judicial, previo a la homologación del presente acuerdo. Hasta tanto se implemente el sistema de depósito judicial, el sr. Daniel Oscar Kucich dará el dinero en mano a la requirente contra entrega de los recibos correspondientes. Asimismo el sr. Kucich se compromete a ayudar con la compra de vestimenta y/o calzado para su hijo de acuerdo a las necesidades del menor. 2º) ... 3º) ... 4º)...".-

Por lo expuesto y conforme lo previsto por el art. 308 del CPCC;

RESUELVO:

--- 1.- Homologar en todos sus términos el acuerdo arribado por las partes a fs. 115/116, transcripto precedentemente.-

--- 2.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

María Gabriela Tamarit

Juez Subrogante

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro