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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 13536-160-05
Fecha: 2006-06-20
Carátula: DEGL' INNOCENTI DIEGO MAURO / S/ INHABILITACION (ART.152 BIS )
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº13536-160-05
Tomo: 3
Auto Interlocutorio: 284
Folio: 775
Secretario: dra. Alba Posse
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 16 DE JUNIO DE 2006.-
VISTOS: Los autos caratulados: “DEGL´INNOCENTI Diego Mauro s/ INHABILITACION (ART. 152 bis)”, expte. nro. 13536-160-05 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO:
1. Previo a resolver se torna necesario fijar una audiencia a los fines de requerir explicaciones, a la que deberán comparecer las partes, sus letrados, la sra. Asesora de Menores y la cónyuge del enfermo, sra. Daniela Gutiérrez. (Conf. art. 36 inc. 2º CPCC.).
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
I.- Fijar audiencia para el día 02/08/06 a la hora 11.30 a la cual deberán comparecer las partes, sus letrados, la Sra., Asesora de Menores y la cónyuge del enfermo, sra. Daniela Gutiérrez. (conf. art. 36 inc. 2º del CPCC.).-
II.- Interin, interrúmpanse los plazos para fallar, disponiendo que oportunamente se practique nuevo cómputo.-
III.- Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-
c.t.
Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Ante Mí: Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro