include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0161/2014
N° Receptoría: D-1VI-1233-C2014
Fecha: 2014-06-19
Carátula: LARRAÑAGA JUAN ANTONIO Y OCHOA VICTOR HUGO S - INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: SE PRESENTA EL EJECUTADO -TIENESE PRESENTE ACUERDO -COBRO X BCO.
EXPTE. Nº 0161/2014.-
CARATULA: LARRAÑAGA JUAN ANTONIO Y OCHOA VICTOR HUGO S - INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS S/ EJECUCION DE HONORARIOS.-
Viedma, de junio de 2014.-
Al escrito de fs. 16:
Agréguese y tiénese presente la conformidad manifestada por la Caja Forense con el aporte efectuado.-
Al escrito de fs. 18:
Tiénese al sr. Irigoyen por presentado, parte y constituído el domicilio.-
Tiénese presente el acuerdo formulado.-
Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que de los fondos que ingresen en la cuenta de autos Nº 299010373 deberá entregar a su sola presentación a los Dres. Leandro Nimo (DNI nº 17.076.892) y/o Gustavo J. Bronzetti Nuñez (DNI nº 24.876.148) y/o Leandro Javier Oyola (DNI nº 18.305.517) hasta cubrir la suma de $ 7.304 en concepto de honorarios y aporte, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-
Hágase saber al Dr. Sanz, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Atento el estado de autos, levántese la reserva de las presentes actuaciones.-
María Gabriela Tamarit
Juez Subrogante
Se deja constancia que la copia del oficio obra en el sistema Lex. Conste.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro