Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0614/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2014-06-16

Carátula: REAL MARIA GABRIELA Y OTRA C/ MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señor: MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE - Dr. Pedro Francisco Casariego

Domicilio: Manuel Belgrano 570 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "REAL MARIA GABRIELA Y OTRA C/MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE S/ORDINARIO", Expte. Nº 0614/2011, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, 10 de junio de 2014.- A los fines previstos en el art. 368 del CPCC, fíjase audiencia para el día 2 de septiembre de 2014 a las 09:30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial por la parte actora: Sres. Miguel Angel Mesa y Gustavo Hees y por la parte demandada: sres. Gustavo Hees y Ernesto Noel, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 09/09/2014 a las 12,00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.- Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de junio de 2014.-

*05TXHO.6PPRKO*

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Poder Judicial de Río Negro