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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-386-C3-14
N° Receptoría: A-2RO-386-C2014
Fecha: 2014-06-13
Carátula: SOLIS EMILIO JAVIER y O. C/ SEPULVEDA YESICA BEATRIZ y O. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: INICIO
SOLIS EMILIO JAVIER y O. C/ SEPULVEDA YESICA BEATRIZ y O. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
//neral Roca, 13 de junio de 2014.-
Téngase por cumplido con lo ordenado a fs. 80.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a Yesica Beatriz Sepúlveda y Alberto Castillo por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-
Téngase presente la prueba ofrecida y hágase saber lo dispuesto por el art. 360 CPC.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Córrase vista a la Sra. Defensora de Menores e Inc.-
Cítese a La Perseverancia Seguros S.A. con domicilio en 25 de Nei N° 99 de la ciudad Cipolletti en los térmirnos del art. 118 de la Ley 17418 a la por el término de quince días a fin de que comparezca en autos a ejercer sus derechos.- NOTIFIQUESE con entrega de las respectivas copias de traslado a cuyo fín líbrese cédula.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Juez
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Poder Judicial de Río Negro