Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0737/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2014-06-12

Carátula: ARIAS ANGEL CAYETANO S- SUCESION S/ INCIDENTE

Descripción: CEDULA SECRETARIA INCIDENTISTA (DRA. CIRIGNOLI)

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señora: Lidia Nieves Fernández de la Puente (Dra. María Marcela Cirignoli)

Domicilio: Alvaro Barros 135 P.B. (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ARIAS ANGEL CAYETANO S- SUCESION C/ S/INCIDENTE LEGITIMO ABONO", Expte. Nº 0737/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 21 de mayo de 2014.- Atento el estado de autos y teniendo en cuenta las características de la documental recibida, devuélvasela a su presentante Dra. María Marcela Cirignoli, bajo debida constancia. A tal fin póngase a su disposición por el término de 48 hs. Cumplido dicho plazo sin constar su retiro, procédase a su devolución mediante cédula al domicilio por ella constituido.- Fdo. Angela Clara Contreras Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de junio de 2014.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

*05TXHO.8RMTWR*

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Poder Judicial de Río Negro