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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-413-C3-14
N° Receptoría: A-2RO-413-C2014
Fecha: 2014-06-12
Carátula: ALDAY ENRIQUE RAUL C/ RIVERO WALTER DAMIAN y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: INICIO
ALDAY ENRIQUE RAUL C/ RIVERO WALTER DAMIAN y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
//neral Roca, 12 de junio de 2014.-w
Por presentado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a los demandados WALTER DAMIAN RIVERO Y EL COMERCIO CIA. DE SEGUROS S.A. por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quienes se cita y emplaza para que la contesten conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y art. 118 LS -respectivamente- y comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrense cédulas.-
Téngase presente la prueba ofrecida y hágase saber lo dispuesto por el art. 360 CPC.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Deposítese en caja fuerte la documental original de fs. 21/36.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Juez
Nota: De haberse iniciado los autos: "ALDAY ENRIQUE RAUL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)" (Expte. Nro. M-2RO-283-C3-14) por ante este Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3. Se deja constancia que se desglosó y depositó documental original de fs. 21/36.-
SANDRA B. RIOS
Jefa de Despacho Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro