Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0773/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2006-06-15

Carátula: REY RICARDO MANUEL C/ GARCIA GUILLERMO ARIEL Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: PROVIDENCIAS DE ANGELA

EXPTE. Nº 0773/2003

CARATULA: REY RICARDO MANUEL C/ GARCIA GUILLERMO ARIEL Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, junio de 2006.-

Al escrito de fs. 307:

Agréguese la boleta acompañada. Por practicada liquidació, de la misma córrase traslado a la contraria por el término de ley. Sin perjuicio de ello, tiénese presente lo manifestado y hágase saber a las partes y peritos intervinientes la existencia de fondos depositados a su favor. Notifíquese.-

A lo solicitado a fs. 307 vta., no ha lugar por improcedente.-

Proveyendo a fs. 308:

Por practicada liquidación, de la misma córrase traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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