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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0417/2014
N° Receptoría: I-1VI-83-C2014
Fecha: 2014-06-10
Carátula: STABILE NIRYS DARLING C/ MONTERO DE ESPINOSA ARTURO JUAN Y OTRO S- NULIDAD DE ACTO JURIDICO S/ EXHORTO (Juzgado en lo Civil y Com. nº 8 - Bahía Blanca)
Descripción: AUDIENCIA TESTIMONIAL CON SUPLETORIA
EXPTE. Nº 0417/2014
STABILE NIRYS DARLING C/ MONTERO DE ESPINOSA ARTURO JUAN Y OTRO S- NULIDAD DE ACTO JURIDICO S/ EXHORTO (Juzgado en lo Civil y Com. nº 8 - Bahía Blanca)
Viedma, de junio de 2014.-
Por presentada, parte conforme la autorización conferida y constituido el domicilio.-
Agréguese.-
Sin perjuicio de la jurisdicción del Juzgado, dése cumplimiento a la presente rogatoria. A fin que los Sres. Rosa Marne Stábile, Amalia María Esther Stábile y Oscar Marcelo Luna comparezcan a prestar declaración testimonial fíjase audiencia para el día 01 de agosto de 2014, a las 09:00, 09:15 y 09:30 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del CPCC, a cuyo fin señálase la audiencia supletoria del día 08/08/14 en los mismos horarios. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquese con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del CPCC.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro