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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0420/2014
N° Receptoría: A-1VI-209-C2014
Fecha: 2014-06-10
Carátula: BENITEZ JUANA ANTONIA C/ GONZALEZ OLMOS ELEUTERIO S/ USUCAPION
Descripción: INICIA USUCAPION - ordinario nuevo
EXPTE. N° 0420/2014
CARATULA: BENITEZ JUANA ANTONIA C/ GONZALEZ OLMOS ELEUTERIO S/ USUCAPION
Viedma, de junio de 2014.-
Por presentado, parte en el carácter invocado conforme poder adjunto y por constituído domicilio. Agréguese la documental acompañada.-
Por promovida demanda de adquisición de dominio por usucapión respecto del inmueble identificado con la nomenclatura catastral 17-1-N-825-01B, inscripto al Tº 931, Fº 162, Finca 159166, la que tramitará de conformidad con lo dispuesto por el art. 789 del CPCC por la vía ordinaria (art. 319 del CPCC) contra Eleuterio González Olmos, córrasele traslado por el término de veinticinco (25) días, a quien se cita y emplaza para que la conteste, oponga excepciones y acompañe la documental de que intente valerse, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59, 60 y 356 del CPCC, haciéndosele saber que tanto su silencio, como las respuestas evasivas o la negativa general se estimará como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos expuestos en la demanda, como reconocimiento o recepción de la documentación presentada y que en caso de decretarse su rebeldía se eximirá a la contraparte de acreditar los hechos invocados, que se tendrán por ciertos, salvo que fueran inverosímiles. Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339 y l35 CPCC). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-
Exímese a la parte actora de presentar copia de la documental de fs. 14/67, quedando la misma a disposición de la contraria para su consulta.-
Acompáñese para traslado copia de la documental de fs. 2/13.-
Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Previo a todo, pasen los autos en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria a fin que se expida sobre los sellados de ley.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro