Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0454/2013

N° Receptoría: A-1VI-63-C2013

Fecha: 2014-06-09

Carátula: MUÑIZ DIEGO RAFAEL C/ NUÑEZ OSCAR ADOLFO Y OTRAS S/ NULIDAD (Ordinario)

Descripción: no se hace lugar - se mantiene providencia

EXPTE. No. 0454/2013

CARATULA: MUÑIZ DIEGO RAFAEL C/ NUÑEZ OSCAR ADOLFO Y OTRAS S/ NULIDAD (Ordinario)

Viedma, de junio de 2014.-

Proveyendo a fs. 133/138:

Agréguese.-

Al escrito de fs. 139/149:

Por interpuesto recurso de reposición.-

Atento el estado de autos y toda vez que los argumentos vertidos por la parte recurrente no conmueven los tenidos en cuenta para el dictado de la providencia obrante a fs. 130/132, a la revocatoria interpuesta no ha lugar, manteniéndose en todos sus términos la providencia atacada.-

Ello es así puesto que no se advierte la contradicción alegada por la parte recurrente, toda vez que conforme surge del escrito de ofrecimiento de prueba obrante a fs. 122/123, la información solicitada al ENDECON se dirige básicamente a acreditar la relación laboral de Nuñez y Kucich con dicha entidad, sus labores, tareas asignadas, etc. (circunstancias de completa intrascendencia con los hechos ventilados en autos); más no el alcance y extensión del concubinato que fuera reconocido con la Sra. Kucich (extremos a acreditar con las declaraciones testimoniales ordenadas a fs. 130/132).-

Dada la naturaleza y estado del juicio, a lo solicitado no ha lugar (arts. 243, 259, 379, 385 y conc. CPCC).-

Rosana Calvetti

Juez

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