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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00410-047-11
Fecha: 2014-06-09
Carátula: MICROOMNIBUS 3 DE MAYO SA / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: Ordinario. Fija audiencia preliminar (art. 361, ley 4142).
MICROOMNIBUS 3 DE MAYO SA C/ MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (00410-047-11).
San Carlos de Bariloche, 9 de junio de 2014.
I) En atención a lo solicitado, déjase sin efecto la audiencia fijada para el 17/06/2014. En su lugar, estese a lo dispueto en el punto siguiente.
II) Cítese a las partes para que asistan personalmente a la audiencia que en los términos del artículo 361 del código procesal (ley 4142) se fija para el 02 de julio de 2014 a la hora 12:30, bajo apercibimiento de celebrarla con las partes que concurran, de imponer una multa de $ 500 a quien falte sin causa justificada y de tener por reconocidos los hechos lícitos proporcionados por la contraparte, excepto en el caso de los ausentes que litiguen representados por el defensor general de ausentes. Hágase saber a las partes que deberán ofrecer las pruebas por escrito hasta el 26 de junio de 2014 a la hora 9:30 (plazo de gracia incluido), y además exhórtaselas a indicar en el escrito qué hechos pretenden probar con cada una de las pruebas para evaluar si se ajustan al artículo 364 del código procesal. Notifíquese.
Emilio Riat
juez
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Poder Judicial de Río Negro